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Lifschitz firmó el decreto

La provincia de Santa Fe reguló las fiestas electrónicas

Impone múltiples exigencias para los organizadores y reglas para todos los municipios.

Miércoles, 01 de febrero de 2017

El gobernador Miguel Lifschitz firmó este martess el decreto por medio del cual dispuso los requisitos básicos que deberán seguir todos los municipios y comunas santafesinas a la hora de autorizar eventos musicales nocturnos y masivos. La norma llegó al cumplirse un mes de la trágica fiesta electrónica de Arroyo Seco, en la que fallecieron dos jóvenes presuntamente por consumo de drogas sintéticas.

REQUISITOS

La medida contempla, entre otros requisitos, la exigencia a los organizadores de los eventos de presentar constancia de habilitación municipal para funcionamiento del establecimiento en el cual se realice el evento (en caso de eventos realizados en predios que no hagan habitualidad de este objeto, autorización especial del titular del inmueble y gráfico de ubicación de estructuras y dependencias provisorias instaladas); funcionamiento de un sistema de control y conteo de ingresos de personas, respetando el factor ocupacional admitido para el predio, el que deberá ser establecido por el municipio o la comuna respectiva; contratación de un seguro de responsabilidad civil, vida, accidentes personales e incendios, como así también garantía de caución a favor del municipio o comuna.

MÉDICOS Y SEGURIDAD

En el lugar también se deberá contar con "contratación de servicio privado de atención de emergencias médicas; iluminación y señalización vial de las zonas de ingreso y egreso; y servicio de seguridad privada.

De acuerdo a la resolución, los organizadores deberán notificar la realización del evento a la dependencia policial de la jurisdicción con una antelación mínima de 48 horas; y asumir a su exclusivo cargo el pago pertinente del servicio de efectivos adicionales como policía, agentes de tránsito, control urbano y ambulancias, que resulten necesarios en proporción a la capacidad máxima de asistentes autorizados.

HABILITACIÓN

También deberán contar con habilitación del cuerpo de bomberos, con especificación de capacidad máxima; constancia de inscripción vigente en el Registro de Organizadores de Eventos Musicales Nocturnos Masivos del municipio o comuna respectivo; plan aprobado de contingencia y evacuación; pabellones sanitarios con provisión de agua potable y fresca para consumo gratuito y libre, tanto en baños como en puestos de expendio de bebidas, con información clara y precisa de la disponibilidad y ubicación; protocolo aprobado de actuación frente a situaciones de intoxicación y/o catástrofes sanitarias; constancia de contratación de servicio de limpieza para el predio y su entorno, una vez finalizado el evento.

DIFUSIÓN

Además, se deberá hacer "difusión de información para concientización y reducción de conductas de riesgo asociadas a consumos problemáticos de sustancias psicoactivas".

REGISTRO

Para su correcta aplicación, se encomienda a los municipios la creación, en sus jurisdicciones, de un "registro de organizadores de eventos musicales nocturnos masivos", destinado a toda actividad comercial de organización de eventos musicales nocturnos masivos, desarrollados en locales bailables, confiterías, discotecas, discos, salas, salones de baile, clubes y demás localizaciones, cerradas o al aire libre, cualquiera fuere su denominación o actividad principal.

 

Fuente: La Capital

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