30 Días de Noticias
Lun, 20/04/2026 | 05:47
20.1ºC / 90%

20.1ºC / 90%

Martes 21 de Abril

Max: 20º
Min: 16.8º

Miércoles 22 de Abril

Max: 19.9º
Min: 13.5º

Jueves 23 de Abril

Max: 21.1º
Min: 14.5º

Viernes 24 de Abril

Max: 23.2º
Min: 14º

Sábado 25 de Abril

Max: 24º
Min: 14.7º

País
06.09.2022

Se producía en Entre Ríos

La ANMAT prohibió una famosa marca de miel

"Es un producto ilegal por carecer de registros sanitarios".


A través de una nueva disposición publicada durante las primeras horas de este martes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización, en todo el territorio argentino, del producto "Miel de abejas, marca La Flor de Victoria, producida y envasada  por Leocadio Wálter, Ruta 174 y Arroyo Ceibo Victoria, Pcia. de Entre Ríos, por carecer de registros sanitarios".

Por medio de la Resolución 7070/2022, luego de una "consulta particular" acerca de la legalidad de uno de los productos, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos realizó consultas federales a través del Sistema de Información Federal para la Gestión de Control de Alimentos (SIFeGA) y al Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de la provincia de Entre Ríos para verificar si el producto estaba autorizado.

La denuncia se llevó adelante a través de la Dirección de Bromatología, Inspección e Higiene de la municipalidad de Trevelín había emitido una alerta por la comercialización de un producto con diferentes prestaciones durante los primeros días de septiembre del año pasado.

Frente a esto, el Departamento Provincial de Bromatología de Chubut notificó a los municipios y comunas para que verifiquen los productos mencionados. Su par de Neuquén aportó información e intervino en diferentes productos.

Prohibido en todo el país

"El producto se halla en infracción al Art. 3° de la Ley 18.284, al Art. 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los Art. 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA) por carecer de registros sanitarios, resultando ser en consecuencia ilegal", explica la ANMAT a través del comunicado de este martes en el Boletín Oficial.

En la misma línea, el organismo señala: "Que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinadono podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Art. 9° de la Ley 18.284". 

La ANMAT sostiene que "a fin de proteger la salud de los ciudadanos" frente al consumo de producto ilegales "no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad".

 

 

COMENTARIOS
Encuesta

¿Logrará el Gobierno bajar la inflación?

RESULTADO

arrow_upward