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21.08.2026

Suma ficha limpia, nueva autoridad electoral y cambios en la veda

Ley electoral: cuáles son los cambios para las elecciones en Santa Fe

Con 43 votos a favor y 4 en contra, la Cámara de Diputados aprobó el nuevo Código Electoral y de partidos políticos. El proyecto, que modifica los pisos de las PASO, los modelos de boleta y prohíbe la pauta paga en redes sociales, fue girado al Senado para su sanción definitiva.


La Cámara de Diputados de Santa Fe aprobó el proyecto de Código Electoral y de partidos políticos de la provincia, luego del acuerdo alcanzado entre los principales bloques de la Legislatura. La propuesta busca ordenar toda la legislación vigente y modernizar el sistema político santafesino.

Sobre las boletas

El sistema de votación mantiene el uso del papel, pero introduce modificaciones según el tipo de convocatoria:

En las PASO se utilizará una Boleta Única de Papel individual por cada categoría electoral (Gobernador y vicegobernador, diputados, senador, intendente y concejales). En las localidades con Comisión Municipal, la categoría de intendente y vocales se elegirá conjuntamente en una misma boleta.

En las Elecciones Generales las categorías se agruparán en tramos. La boleta provincial reunirá gobernador, vicegobernador y diputados provinciales; la departamental corresponderá al senador; y la municipal incluirá intendente y concejales o vocales.

Voto Lista Completa: las boletas provinciales y municipales incorporarán un casillero opcional para seleccionar con una sola marca todas las categorías de una misma agrupación.

Nuevos pisos electorales

Para pasar de las PASO a las generales, cada agrupación política deberá alcanzar como mínimo el 1 % del padrón electoral total de la categoría correspondientes. Además, en las categorías de gobernador, diputados provinciales y concejales, al menos una de las listas internas deberá obtener individualmente el 0,6 % del padrón.

Para acceder al reparto de bancas en las elecciones generales (diputados provinciales y concejales), el piso se eleva al 4 % del padrón electoral total, distribuyéndose los cargos mediante el sistema D’Hondt. Para gobernador, senador e intendente no se aplicará este filtro, resultando electo quien obtenga la mayor cantidad de votos.

Asimismo, para la distribución interna de cargos tras las PASO, cada lista deberá cosechar al menos el 7 % de los votos totales obtenidos por su propio frente.

Gobernador con hasta tres vices

Una de las grandes novedades de la reforma es la posibilidad de que un mismo precandidato a gobernador se presente en hasta tres fórmulas diferentes dentro de una misma coalición, siempre acompañado por un precandidato a vicegobernador distinto en cada una. Cada fórmula competirá de manera independiente y sus votos no se acumularán entre sí. A su vez, una misma persona no podrá postularse como vicegobernador en más de una opción.

Ficha limpia y restricciones para candidatos

El texto establece inhabilitaciones estrictas para competir por cargos públicos. Quedarán excluidos de forma permanente los condenados por delitos contra el orden constitucional. En el caso de delitos dolosos con pena de prisión efectiva o delitos tributarios, la exclusión será por diez años.

La prohibición alcanzará también a quienes mantengan deudas exigibles con el Estado (con sentencia firme) y a quienes figuren en el registro de deudores alimentarios morosos.

Para las causales penales, la inhabilitación comenzará a regir cuando exista una condena confirmada por una Cámara revisora (doble conforme), sin necesidad de esperar a que se agoten los recursos ante la Corte Suprema. El Juez Electoral controlará estas condiciones de oficio.

Veda electoral y redes sociales

La veda comenzará 48 horas antes de la votación. Durante este período se prohíbe estrictamente la publicidad política paga en redes sociales y plataformas digitales, debiendo los partidos suspender los anuncios contratados. Se permitirán únicamente las publicaciones orgánicas de cuentas personales sin patrocinio económico.

Por otra parte, se flexibilizan las restricciones para el comercio en general, bares, restaurantes y clubes, que podrán funcionar con normalidad. Sin embargo, desde seis horas antes del inicio de los comicios hasta dos horas después del cierre, quedarán prohibidos los eventos masivos públicos o privados, así como la venta y expendio de alcohol.

Finalmente, los actos de gobierno sufren restricciones: 15 días antes de la elección estarán prohibidas las inauguraciones de obras públicas y el lanzamiento de planes sociales que puedan inducir el voto.

Una nueva estructura para la Justicia Electoral

A partir del año 2029, el Juez Electoral Provincial será la máxima autoridad de aplicación y concentrará las funciones jurisdiccionales del proceso (aprobar cronogramas, oficializar listas, escrutinio definitivo y proclamación de electos).

La Secretaría Electoral, dependiente del Poder Ejecutivo, quedará limitada exclusivamente a la organización operativa, logística y al escrutinio provisorio. Las decisiones del juez podrán apelarse ante un Tribunal de Revisión.

Cómo se repartirán los cargos municipales

En los municipios con Comisión Municipal de tres integrantes, la lista ganadora de la categoría intendente en las PASO se quedará con dos de los tres lugares titulares. El tercer puesto corresponderá al precandidato a intendente de la segunda lista interna, siempre que haya obtenido al menos el 20 % de los votos válidos de su propia agrupación. Si ninguna minoría interna alcanza ese porcentaje, los tres lugares serán para la lista ganadora.

Para la elección general, el partido vencedor obtendrá dos vocales titulares, mientras que el tercer cupo será adjudicado al candidato a intendente de la fuerza política que quede en segundo lugar, siempre que logre alcanzar el 20 % de los votos válidos totales del municipio.

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