"Es mandato constitucional", dijo el abogado de la mujer
Se separó y tuvo que pagarle $ 160 millones a su ex
El caso deja una enseñanza clara: la importancia de anticiparse a los conflictos.
La Justicia rosarina volvió a poner en agenda un tema que crece en los tribunales: las disputas económicas tras separaciones sin matrimonio formal.
En este caso, una mujer logró que se le reconozca una compensación millonaria (160 millones de pesos) luego de casi dos décadas de convivencia, pese a que los bienes estaban a nombre de su expareja.
El abogado patrocinante, Ramón Gutiérrez, explicó los detalles de un fallo que, si bien no es novedoso en su espíritu, sí sorprende por la magnitud de la suma otorgada.
Cómo probar los aportes
“En realidad novedoso no es, lo que llama la atención es el monto de la sentencia”, señaló el letrado en diálogo radial.
Según indicó, este tipo de casos suelen presentar una dificultad central: probar los aportes realizados dentro de la pareja.
Durante años, la mirada judicial fue estrictamente formalista, atada a la titularidad de los bienes. “Había una escritura a nombre de una persona y era muy difícil ir contra eso. En este caso se pudo colectar prueba suficiente”, explicó.
No hubo acuerdos previos
El conflicto se originó en una unión convivencial donde, como sucede habitualmente, no hubo acuerdos previos.
Gutiérrez remarcó que el Código Civil permite pactar el destino de los bienes, pero casi nadie lo hace. “Nadie pacta, es la realidad. Y ahí surge el problema”, sostuvo.
A diferencia del matrimonio, donde rige el régimen de bienes gananciales, en la convivencia cada parte mantiene la titularidad de lo que adquiere, lo que abre la puerta a disputas cuando uno de los miembros alega haber contribuido económicamente.
En este caso puntual, la estrategia de la defensa se basó en reconstruir esos aportes. “Se probó que mi clienta tenía tres trabajos y que esos ingresos contribuían al enriquecimiento de ambos”, detalló.
Pero no fue lo único: también se acreditaron pagos concretos vinculados a la construcción de la vivienda, como materiales y honorarios profesionales.
Hay que armar el rompecabezas
“La prueba no suele estar en un documento único. Hay que armar el rompecabezas”, graficó.
Uno de los puntos clave fue el testimonio del arquitecto que participó en la obra. “Se le preguntó quién le pagó, y eso fue fundamental”, explicó el abogado.
Además, se logró establecer el momento en que comenzó la convivencia, un dato no menor en este tipo de litigios. “Cuando no está inscripta, la fecha es difusa y eso genera discusiones importantes”, agregó.
Perspectiva de género
El fallo también incorporó la perspectiva de género, un aspecto que Gutiérrez destacó especialmente. “No es una moda ni una ventaja. Es cumplir con el mandato constitucional”, afirmó.
En ese sentido, el juez consideró los condicionamientos históricos que han afectado a las mujeres en materia patrimonial, sin dejar de exigir prueba concreta. De hecho, no todos los reclamos fueron aceptados: algunos bienes y porcentajes quedaron fuera de la sentencia por falta de evidencia.
Otro punto de debate fue la supuesta independencia económica entre las partes. La defensa del demandado sostuvo que ambos manejaban sus finanzas por separado, pero el tribunal entendió que eso no excluye la posibilidad de aportes conjuntos al patrimonio común.
“La sentencia no se basa solo en la perspectiva de género, sino en la prueba”, insistió el abogado.
No pudieron evitar mayores conflictos
Respecto a la ejecución del fallo, Gutiérrez explicó que lo habitual es que las partes lleguen a acuerdos para evitar mayores conflictos.
“Muchas veces se compensa con bienes o se negocia un pago. Lo ideal es resolverlo antes, en mediación”, sostuvo.
Sin embargo, reconoció que las emociones suelen jugar en contra: “A veces las partes pasan de pedir poco a querer todo, y eso complica cualquier salida”.
El proceso judicial no fue breve. Entre la mediación inicial en 2021 y la sentencia de primera instancia en diciembre de 2025, transcurrieron casi cuatro años. Parte de la demora se explicó por discusiones sobre la competencia del fuero, un tema que recién se terminó de saldar con fallos posteriores. “Si hubiera ido directamente a familia, en un año se resolvía”, aseguró.
Enseñanza clara
Finalmente, el caso deja una enseñanza clara: la importancia de anticiparse a los conflictos. “Las partes son las que saben si aportaron o no. El juez reconstruye con lo que tiene”, concluyó Gutiérrez.
La sentencia, que reconoció una compensación de 160 millones de pesos, marca un precedente fuerte y vuelve a poner sobre la mesa la necesidad de formalizar acuerdos incluso fuera del matrimonio.
Fuente: Cadena 3







